Huella de Carbono Obligatoria: ¿Está tu empresa preparada para cumplir y destacar?
El Real Decreto 214/2025 entra en vigor y marca un nuevo estándar en sostenibilidad empresarial
El cambio climático ya no es solo un reto ambiental: es una obligación regulatoria y estratégica. El nuevo Real Decreto 214/2025, publicado en abril de 2025, impone a un número creciente de organizaciones —tanto del sector privado como del sector público estatal— el deber de calcular su huella de carbono, elaborar un plan de reducción a cinco años y hacer pública esta información a partir del ejercicio 2025.
Este paso normativo representa un cambio estructural en la forma en que entendemos la sostenibilidad corporativa e institucional. Y en SANPRA, estamos preparados para ayudarte a cumplir y destacar.
¿A quién aplica esta nueva obligación?
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Empresas del sector privado
Están obligadas las empresas sujetas a la Ley 11/2018 sobre estados de información no financiera, es decir:
- Sociedades con más de 250 trabajadores, que, además:
- Tengan la consideración de entidad de interés público (cotizadas, financieras, aseguradoras…)
- O que, cumplan durante dos ejercicios consecutivos al menos una de los siguientes dos criterios:
- El total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
- El importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros
Obligaciones
- Calcular anualmente su huella de carbono (alcances 1 y 2 obligatorios; el alcance 3 es voluntario)
- Diseñar un plan de reducción con metas a 5 años
- Publicar esta información en su página web de forma accesible y aunque no están obligadas a inscribirse en el registro oficial, pueden hacerlo voluntariamente, lo que les permite acceder al sello del MITECO, una herramienta útil en licitaciones y reputación ESG.