Huella de Carbono Obligatoria: ¿Está tu empresa preparada para cumplir y destacar?

El Real Decreto 214/2025 entra en vigor y marca un nuevo estándar en sostenibilidad empresarial

El cambio climático ya no es solo un reto ambiental: es una obligación regulatoria y estratégica. El nuevo Real Decreto 214/2025, publicado en abril de 2025, impone a un número creciente de organizaciones —tanto del sector privado como del sector público estatal— el deber de calcular su huella de carbono, elaborar un plan de reducción a cinco años y hacer pública esta información a partir del ejercicio 2025.

Este paso normativo representa un cambio estructural en la forma en que entendemos la sostenibilidad corporativa e institucional. Y en SANPRA, estamos preparados para ayudarte a cumplir y destacar.

¿A quién aplica esta nueva obligación?

  1. Empresas del sector privado

Están obligadas las empresas sujetas a la Ley 11/2018 sobre estados de información no financiera, es decir:

  • Sociedades con más de 250 trabajadores, que, además:
    • Tengan la consideración de entidad de interés público (cotizadas, financieras, aseguradoras…)
    • O que, cumplan durante dos ejercicios consecutivos al menos una de los siguientes dos criterios:
      • El total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
      • El importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros

Obligaciones

  1. Calcular anualmente su huella de carbono (alcances 1 y 2 obligatorios; el alcance 3 es voluntario)
  2. Diseñar un plan de reducción con metas a 5 años
  3. Publicar esta información en su página web de forma accesible y aunque no están obligadas a inscribirse en el registro oficial, pueden hacerlo voluntariamente, lo que les permite acceder al sello del MITECO, una herramienta útil en licitaciones y reputación ESG.

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2. Entidades del sector público

La obligación también se extiende al sector público estatal, incluyendo:

  • Departamentos de la Administración General del Estado
  • Organismos autonómicos
  • Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social
  • Otras entidades del sector público administrativo estatal

Obligaciones

  1. A diferencia del sector privado, estas entidades sí están obligadas a inscribirse cada año en el Registro Nacional de Huella de Carbono, comenzando en 2026 con los datos de 2025.
  2. Además, a partir de 2028 deberán incluir también las emisiones indirectas (alcance 3) en sus cálculos.

¿Dónde debe publicarse o registrarse?

  1. Empresas del sector privado

En su página web corporativa, de forma accesible y gratuita. La información se publicará a partir de 2026.

  1. Entidades del sector público

La información se registrará a partir del 2026, a través de la sede electrónica MITERD.

¿Cómo puede ayudarte el Servicio de Medio Ambiente de La Fundación (SANPRA)?

Nuestro equipo multidisciplinar puede acompañarte en todo el proceso, desde la evaluación inicial hasta la definición de medidas de reducción. Ofrecemos:

  • Asistencia técnica para el cálculo de huella de carbono
  • Apoyo en el desarrollo de planes realistas y alineados con tus operaciones
  • Acompañamiento en el cumplimiento normativo y preparación documental
  • Asesoría estratégica para comunicar tus logros y fortalecer tu posicionamiento

Tanto si partes desde cero como si ya tienes una estrategia de sostenibilidad, te ayudamos a adaptarla a los requisitos del nuevo decreto.

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